Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Juicio, constituido con Escabinos, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE al ciudadano GREGORY DEL JESUS SALAZAR SANDOVAL, quién es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 16.256.038, edad 23 años, nacido en fecha 25-11-81, de oficio Agricultor, hijo de Nellis Sandoval y Gregorio Salazar y domiciliado en San José de Areocuar, sin número, calle principal, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, que le fuera imputado por la Representación Fiscal en su Escrito de Acusación en perjuicio de La Colectividad. Se ordena la inmediata L.....