En consideración a todos los razonamientos de hecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la representación judicial de la Sociedad Mercantil "CARIBE TEXTIL, C.A", contra la decisión dictada por el juzgado segundo de primera instancia en lo civil, mercantil, agrario, de transito y del trabajo del primer circuito judicial de la circunscripción judicial del estado sucre en fecha 12-11-1998; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión proferida por el juzgado a quo; TERCERO: No hay condenatoria en costas; CUARTO: NOTIFIQUESE A AMBAS PARTES DE LA PRESENTE DECISIÓN; QUINTO: REMÍTASE la presente causa en su oportunidad legal al Juzgado correspondiente.-
PUBLÍQUESE - REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DEC.....