administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INSUFICIENTES los recaudos presentados por la defensa a los fines de constituir la fianza a favor del adolescente xxxxxxxxxxxxxxx; acusado por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en relación con el artículo 458 ejusdem y LESIONES PERSONALES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos JEAN CARLOS MAITA y RAMÓN ALEXANDER MAITA (occisos) y JOSÉ GREGORIO MORÍN SÁNCHEZ ; en tal sentido se le insta para que presente los requisitos que cumplan con las exigencias acordadas por este Juzgado