PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia por todo lo antes expuesto y las consideraciones de hecho y de derecho este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y en Sede Constitucional, declara: la INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA DE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano PEDRO JOSE SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-532.215, asistido por el abogado en ALBERTO MERCHAN FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro V-4.082.887, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 26.279, contra los Ciudadanos YARIS MILAGROS NORIEGA, y WILLIAN REINALDO CAMACHO CEDEÑO, titulares de las cédulas de identidad Nros V-15.318.578 y V-10.903.558, respectivamente con domicilio en la Comunidad de Villa Frontado, asistidos por el abogado en ejercicio FERNANDO JOSE LOPEZ, titular de la cedula de ide.....