este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio N° 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: Primero: De conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, se DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE CESE de la medida sustitutivas de libertad dictada por el Tribunal de Control N° 6 a la ciudadana IRENE ANTONIA RODRIGUEZ MENESES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.439.540, de profesión comerciante, 43 años de edad, residenciada en Sabilar, calle juventud, casa Nº 47, cerca de la Bodega el Caney, Cumaná Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de INSTIGACIÓN A DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 283, primer ordinal del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos EUDIS