Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 479 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, REVOCA las Redenciones de Pena por trabajo y Estudio acordadas en fecha 19 de Junio del año 2007, por el Tribunal Segundo de Ejecución, entonces a cargo del Juez Ramón Ponce a favor de los penados Mario Sánchez, Luis Enrique Valdez Rojas, Nixon Nicolás Patinez Sánchez, Benigno del Carmen Brazón Robert Lattán Rondón, Wilmer Rafael Patinez Bethelmy, Jesús Manuel Calzadilla, Enemencio Martinez , y Cecil Achap, mediante la cual se les descontó el tiempo de Dos,(2), años, Un,(1), mes y Trece,(13), días, de la pena de Nueve,(9), años de Prisión que les fuera impuesta por la comisión del delito de Trafico Ilícito de sustancias estupefacientes en Modalidad de Oculta.....