; PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la aprehensión de los adolescentes de manera flagrante y la continuación del Proceso por el Procedimiento Ordinario. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra de los adolescentes OMISSIS, por estar presuntamente incursos el primero de los nombrados en la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 453 del Código Penal Vigente; y el segundo en la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto en el artículo 470 Ejusdem;