En virtud de las consideraciones antes expuestas el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Revoca las Medidas Cautelares Sustitutivas de la Privación de Libertad, impuestas por este Tribunal en fecha 27 de Abril del año 2009, a favor del imputado JOSÉ LUÍS VILLARROEL GONZÁLEZ, venezolano, de 22 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 24.626.443, de profesión u oficio obrero, nacido en fecha 09-07-86, soltero, hijo de Luís Beltrán Palomo y Ana Josefina González, natural de Santa maría de Cariaco, y residenciado en el sector merey de Santa María de Cariaco, casa sin número de Cariaco, cerca de la licorería, Municipio Ribero del Estado Sucre, de conformidad con el contenido de los numerales 2º y 3° del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 5 eiusdem, en virtud de que el imputado de autos, no ha ma.....