Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República por Autoridad de la Ley ACUERDA a favor del sancionado: "OMISIS", antes identificado, la SUSTITUCIÓN de la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el cumplimiento sucesivo de las medidas de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de dos (02) años, cuyo vencimiento corresponde el 21 de Mayo de 2012, e IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso siete (07) meses y tres (03) días, cuyo vencimiento es el 24 de Diciembre de 2012, de conformidad con lo establecido en los artículos 629 y 647 literal e) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y se acuerda su libertad. En consecuencia, para el cumplimiento de la Medida de LIBERTAD ASISITIDA el sancionado deberá desde el día 21-05-2010, hasta el 21-05-2012, asistir mensualmente ante el Equipo Multidisciplinario de la Secci.....