este Tribunal, procediendo de acuerdo con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara BASTANTE Y SUFICIENTES estas actuaciones, para asegurarle, a los ciudadanos: ROSMERY SANCHEZ GUERRA, Néstor Eduardo Belisario Sánchez Y Rossynet Del Valle Belisario Sánchez.- , (Cónyuge e Hijos), venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nro. 5.192.270, 20.090.889 y 20.090.888, el derecho que les corresponde en sus condiciones de cónyuge e Hijo, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del decujus: Néstor Francisco Belisario Figueredo, se devuelven estas diligencias originales con sus resultas, constantes de ( ) Folios útiles.