Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE la presente demanda de RENDICIÓN DE CUENTAS, INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS y PERJUICIOS, DISOLUCIÓN y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD MERCANTIL, interpuesta por los ciudadanos OCTAVIO ASUNCION CARVAJAL y YUMILIA CARVAJAL COVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nos. V-2.658.616 y V-13.051.112, respectivamente, el primero representado judicialmente por la abogada en ejercicio Elba Millán R., debidamente inscrita en el inpreabogado bajo el No. 21.830, y la segunda asistida por la misma profesional del derecho, contra los ciudadanos MIGUEL SEGUNDO CARVAJAL, COROMOTO CARVAJAL COVA y MIGUEL JOSE CARVAJAL COVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de l.....