Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA el convenimiento entre el ciudadano HILMAR JOSE FERMIN PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.095.742, domiciliado Frente a la Plaza Suniaga, al lado de la librería s/n Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y la ciudadana AUXILIADORA DI BISCEGLIE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.328.447, Domiciliada en Playa Grande, Urbanización la Marina, calle 01, Nº 13, Carùpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. De conformidad con el artículo 349 de la Ley Organica para la Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes, atribuyen a los Tribunales de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes la competencia para homologar los acuerdos celebrados entre las partes.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judic.....