este juzgador considera que lo ajustado es devolver dichos recaudos a la defensora privada ABG. Alina García, para que presente nuevos candidatos a fiadores, ya que los anteriores no merecieron la confianza de responsabilidad para asumir las obligaciones contenidas en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese y devuélvase los recaudos presentados en fecha 19 de marzo del corriente, constante de 37 folios. Es todo cúmplase.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL,
ABG. DOUGLAS JOSÉ RUMBOS RUIZ.
LA SECRETARIA
ABG. KAREN MARTÍNEZ