Declara CON LUGAR, la solicitud de medida cautelar sustitutiva hecha por el Defensor Público a la cual se opuso la Fiscal del Ministerio Público, al acusadoxxxxxxxxxxxx a quien se le inició investigación por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405, del Código Penal, en perjuicio xxxxxxxxxxxxxxxx, revisa la medida de prisión preventiva de la cual es objeto el acusado de autos y acuerda otorgarle la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, de las establecidas en el artículo 582, literal "g" de la LOPNA, consistentes en presentar dos fiadores de reconocida solvencia, que habiten en esta ciudad y que devengue cada uno 30 unidades tributarias lo cual deberán acreditar al Tribunal, con constancias de trabajo vigente y /o certificación de ingreso avalado por un contador. Se acuerda librar boleta de libertad. Así mismo, se acuerda fijar el acto para la Constitución del Tribunal Mixto para el día 01-04-2008 las 8:30 a.m.....