D E C I S I Ó N
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA INHIBICION planteada por la abogada MARLENY MORA SALAS, Jueza Primera de Ejecución de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, de conocer la causa N° N°: RP01-S-2005-000162, seguida a los ciudadanos: LIOBARDO JOSE SALAZAR Y ARMANDO JOSÉ SEGURA, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y LESIONES CALIFICADAS LEVES, en perjuicio de los ciudadanos RAMÓN ARISMENDI Y ENNIRIDIA INES ARISTIMUÑO, y ordena la remisión de las presentes actuaciones al Juez A quo, a los fines de que siga conociendo de la presente causa.-
Publíquese, regístrese, bájense.....