Con fundamento en las consideraciones antes desarrolladas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley.
DECLARA: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado Ángel Guillermo Marcano Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 9.768, apoderado judicial del ciudadano Candido Rafael Agreda Álvarez, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.914.324, en contra del Auto dictado por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de este Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 22 de Junio de 2015.-
Se Confirma el Auto recurrido.-
Se condena en costas al recurrente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.-
Insértese, Publíquese, Regístrese, Edítese en la página Web del Tri.....