En este estado este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones.
Consta de las actas que conforman el presente expediente, que la demanda intentada lo es por Resolución de Contrato de Arrendamiento de un fondo mercantil de un contrato a tiempo determinado, por vencimiento del lapso, que igualmente dicha acción fue estimada en la cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 600.000,00), el equivalente a 5.607,48 Unidades Tributarias.
De la lectura del contrato consignado conjuntamente con el libelo se desprende que se trata de un Contrato de Arrendamiento con opción de compra venta, que el Cánon de Arrendamiento fue estipulada en la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES (Bs. 6.000,00), los primeros 12 meses y de SIETE MIL BOLÍVARES (Bs. 7.000,00), los 12 meses siguientes, y el precio de la venta del fondo mercantil, era de SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 600.000,00), si la venta se hiciere en los primeros 12 meses y de SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 600.000,00) si se hiciere en.....