Por las razones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR La excusión del ciudadano RICARDO JOSE RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.460.628, de profesión Sargento Mayor de la Guardia Nacional Bolivariana, de la lista de candidatos a escabinos sorteados en fecha 10/12/2010, la cual cursa a los folios 189 al 190 de la pieza II de la causa; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 152 ordinal 9 del Código Orgánico Procesal Penal.