este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSION en DIVORCIO de la SEPARACION DE CUERPOS, de los Ciudadanos: JOSE MANUEL PINO FRANCO Y YOLIMAR DEL CARMEN ARCIA FRANCO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las Cédulas de Identidad Números V11.832.730 y V- 13.539.834, respectivamente, quienes están representados judicialmente por la Abogada en ejercicio CARMELIS CECILIA RONDON MALAVE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.742.928, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 134.555, quedando en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante el Registro Civil Municipal de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha 13 de Octubre del 2005.