Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la REPOSICION DE LA PRESENTE CAUSA AL ESTADO DE QUE SE CITE O NOTIFIQUE AL CIUDADANO WILSON ESPINOZA, que ante este Tribunal cursa el presente procedimiento de Amparo Constitucional y que deberá comparecer al Tribunal a las 10:00 A.M. del primer día hábil siguiente a su citación o notificación a los fines de que tenga lugar el acto donde se fijará el día y la hora en que se verificará la AUDIENCIA ORAL Y PUBLICA.