Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales intentada por el ciudadano JESÚS ANTONIO COSTOPULOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.271.007, en contra de la entidad de trabajo FLOTA CAMAR, C.A,
SEGUNDO: SE ORDENA a la parte demandada cancelar la suma de SETECIENTOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BsS. 715.914.854,00)lo que es hoy, la cantidad de ochocientos uno con treinta y cuatro céntimos (BsD 715,91) por los conceptos de Utilidades y Bono de Fin de Año, Vacaciones, Bono Vacacional, Ticket de Alimentación, Prestaciones por Antigüedad, Indemnización por despido e intereses morato.....