Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado PEDRO MANUEL ROJAS, en su carácter de Defensor Publico Primero en materia Penal Ordinario, de los ciudadanos EDGAR JOSÉ MARTÍNEZ MARÍN y ALEXIS JOSÉ VILLANUEVA VILLANUEVA, contra Sentencia Definitiva dictada en fecha 15 de Junio de 2012, por el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual CONDENÓ a los ciudadanos antes mencionado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. SEGUNDO: SE ANULA la sentencia recurrida, solamente en c.....