este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara DISUELTO el matrimonio contraído por los ciudadanos TIBURCIO VALLENILLA CARAUCAN Y AMPARO DEL VALLE ARRIOJA HERNANDEZ , por ante la Prefectura de la Parroquia Valentín Valiente del Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha 26 de Abril de 1966, según acta Nº 32, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. Así se decide.