PRIMERO: Se declara PROCEDENTE el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana ADRIANA AMADEI DE CAROLI, quien actúa en su carácter de Viuda (Co-Heredera) del De Cujus Armando Caroli, contra la Sentencia Interlocutoria de fecha 30 de octubre de 2008, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Carúpano, en el marco del Juicio de Daños y Perjuicios que tiene trabado el ciudadano Jesús Salvador Malavé Marín con la Empresa Construcciones Carúpano, C.A., todos identificados ut supra; por lo que se le reconoce a la Recurrente su CUALIDAD para intervenir en el presente procedimiento.
SEGUNDO: Se servirá el Juzgado de Origen corregir su Sentencia Interlocutoria de fecha 03 de junio de 2009, clarificando que los Bienes emplazados aquí por la ciudadana Adriana Amadei (Viuda) de Caroli, eran propiedad del Fallecido Armando Caroli Verlicchi, y que son .....