DISPOSITIVA
Eeste Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acoge el pedimento fiscal y en consecuencia decreta El Sobreseimiento de la causa, seguida al imputado : Juan José Rodríguez, venezolano, titular de la cedula de identidad Nro.-V- 15.110.775, residenciado en Boca de Sabana, sector La Sander, de esta Ciudad, por la por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el articulo 455 ordinal 4° del Código penal, en perjuicio del Banco de Venezuela, ubicado en la calle Mariño de Cumana. Todo de conformidad con lo establecido en el articulo 318, numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, que dice lo siguiente…” El sobreseimiento procede cuando: numeral 4 : A pesar de la falta de certeza, no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y .....