PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante abogado GUILLERMO DE JESUS BRITO CUMANA, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Nº V-18.775.390, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
SEGUNDO: SE REVOCA, la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha diez (10) de abril de 2024, mediante la cual declaró improcedente la solicitud de medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, en el juicio que por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL (CUADERNO DE MEDIDAS) sigue la ciudadana LUISA JOSEFINA RUIZ DÍAZ contra la ciudadana MARCELYS DEL VALLE ANDRADE RODRIGUEZ.
TERCERO: SE DECRETA MEDIDA DE PR.....