Vista la diligencia que antecede suscrita por el Abogado en ejercicio ANGEL GUILLERMO MARCANO MENDEZ, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.768, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante en el presente juicio, ciudadanos ALBERTO JOSÉ PERENEY ANTONI, CÉSAR JOSÉ PERENEY ANTONI, PILAR JOSEFINA PADILLA PERENEY DE GULBIS, JOSÉ JESÚS PADILLA PERENEY, y ANTONIETA BARBATO PERENEY DE LUCIANI, venezolanos, mayores de edad, comerciantes, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 2.777.130, 5.074.958, 4.685.448, 5.088.229 y 4.296.021, respectivamente, domiciliados en Calle Victoria Nº 15, de esta ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, donde solicita a este Tribunal que se proceda a la Ejecución Forzosa de la Sentencia, este Tribunal para decidir previamente observa: que en fecha 24 de Septiembre de 2.013, este Tribunal decretó la Ejecución en la presente causa, y acordó expedir copia certificada de la Sentencia definitivamente firme, o.....