EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, EXTENSIÓN CARÚPANO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: RESUELVE: PRIMERO: la admisión de la acusación en todas y cada una de las partes, así como los medios de pruebas ofrecidos por la vindicta pública, a los cuales se adhiere la defensa y las hace suya en virtud del Principio de la Comunidad de la Prueba, SEGUNDO: se Ordena el Enjuiciamiento de los adolescentes OMISSIS 1 y OMISSIS 2, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 de la ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. TERCERO: se niega la medida cautelar solicitada por la defensa. CUARTO: Se insta al equipo técnico, adscrito a este circuito para que.....