Por lo anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: LA HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE NULIDAD, interpuesto por el ciudadano RICARDO JOSE SUCRE; venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 10.953.207, contra Providencia Administrativa Nº 006-2015 dictada en fecha 15/01/2015, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Sucre, que declaró CON LUGAR la solicitud de CALIFICACION DE FALTA incoada por la entidad de trabajo TOYOTA DE VENEZUELA en contra del ciudadano el ciudadano RICARDO JOSE SUCRE, el mencionado Desistimiento se encuentra ajustado a Derecho. SE DA POR TERMINADO el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente.
NO HAY CONDENATORIA en costas dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia cer.....