Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, declara CULPABLE al ciudadano EDINSON ENRIQUE GARCÍA JIMÉNEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.596.997, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 28 de febrero de 1979, soltero, de profesión u oficio Sargento de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, residenciado en la Urbanización Bolivariano, sector Barrio Bolívar, segunda calle, casa sin número, Cumaná, Estado Sucre, de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1°, en perjuicio de los ciudadanos GREGORY JOSÉ MÁRQUEZ ANDRADE (OCCISO) Y MIGUEL EDUARDO RODRÍGUEZ NÚÑEZ (OCCISO), en consecuencia se les condena a cumplir la pena de VEINTICINCO (25) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRISION, más las accesorias de Ley, pena que cumplirá aproximadamente para el a.....