Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, declara con lugar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor de los adolescentes XXXXXX de la investigación que se les iniciara por su presunta participación en uno de los delitos Contra la Propiedad, en perjuicio de MICROTEL C.A.; conforme a lo establecido en el artículo 56i , literal "D" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.