Este Tribunal observa que aun no se ha consignado los informe y exámenes originales de la valoración del paciente ante señalado, y donde señalen en detalle el padecimiento o la enfermedad que tiene el acusado de autos, por lo que este Tribunal acuerda nuevamente insta con la urgencia del caso a la Defensa Publica, que debe consignar dichos recaudos ello con la finalidad de ser remitido al Medico Forense, a los fines realizarle la practicar de la evaluación correspondiente del acusado de autos; y una vez que conste en el presente asunto el informe medico emitido por el medico forense, este tribunal se pronunciara en cuanto al traslado o no del medico para la Ciudad de Caracas. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-