Este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al ciudadano PEDRO RAFAEL MÁRQUEZ FIGUERA, venezolano, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.622.536, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, nacido en fecha 25/04/1979, hijo de Marielena Figuera y Pedro Márquez, domiciliado en la Guiria la playa, sector los uveros, calle el cardonal, casa sin número, a cinco casas del Cementerio, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, condenado por el Tribunal Cuarto de Control, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo .....