este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA, a los ciudadanos: GREGORIO JOSE ESPINOZA ACOSTA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro.19.083.868, de 20 años de edad, nacido en fecha 15/02/1988, hijo de Frannscideun Acosta y Raúl Espinosa, residenciado en Bolivariano Urbanización Tamarindo, Casa N° 72-B, de esta ciudad; y SAUL ANTONIO ESPINOZA ACOSTA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. 17.539.939, de 22 años de edad, nacida en fecha 06/02/1986, residenciada en Bolivariano Sector Los Apures Casa N° -72-B; por la presunta comisión del delito de por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, PRIVACION ILEGITIMA DE LA LIBERTAD y ROBO DE VEHICULO, previstos y sancionados en los artículos 458, 277, 174 del Código Penal y 05 de Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículo Automotor, con.....