En atención a los motivos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de PARTICION JUDICIAL DE BIENES HEREDITARIOS interpuesta por el ciudadano HENRY JOSE FARIÑAS SERRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.707.573, representada por sus Apoderadas Judicial las profesionales del derecho ROSARIO GEDEON y LUISA HERMINIA BASTARDO RUIZ, venezolanas, mayores de edad, titular de las Cédulas de Identidad Nros.V-4.186.731 Y 8.441.875, abogadas en ejercicio, e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 85.530 y 56.177, carácter que se desprende del Poder debidamente otorgado en fecha veinticinco (25) de junio del año 2021, Numero, 20, tomo 47,folios 59 hasta 61, por ante la Notaria Publica.....