este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA por el procedimiento de admisión de los hechos para la imposición inmediata de la pena a la acusada JOHANA CRISTINA LARA VELASQUEZ, titular de la cedula de identidad N° V-14.660.599, de 36 años, soltera, profesión u oficio ama de hogar, nacida en fecha 15/12/1978, residenciada Urbanización Brasil, sector I, calle 2, casa Nº 03 de esta ciudad de Cumaná; asistida en el acto por el Defensor Privado abogado FERNANDO CARVAJAL; a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal; por la comisión del delito de de ESTAFA previsto y sancionado en el Artículo 462 del código Penal, en perjuicio de , en perjuicio de miembros de la O.C.V. CASAS DEL SOL