En atención a los fundamentos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por los Abogados Gualberto Santiago Ríos Vallejo y Pedro Marín Mata, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 6.746 y 489, apoderados judiciales de la Ciudadana Lisbeth Haraima Gil Martínez, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.220.373, contra la sentencia definitiva dictada en el presente juicio en fecha 25 de Marzo de 2015, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
SEGUNDO: CON LUGAR, la defensa de fondo de falta de Cualidad activa, opuesta por las demandadas ciudada.....