este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley PRIMERO: DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD para la ciudadana: MELIS DEL CARMEN MALAVÈ MOYA, identificada en actas, por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, y TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el artículo 254, en relación con el articulo 217 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en perjuicio de la niña DAIRISMAR MARTÌNEZ, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, numerales 1º, 2º y 3º; 251, numeral 2º, 3º Y 5 y 252, numeral 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal, y se continué el procedimiento ordinario.- SEGUNDO: Se niega la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad solicitada tanto por la Defensa Pública.- TERC.....