DECLARA: INADMISIBLE por carecer de fundamento legal la recusación propuesta por el abogado Carlos Navarro (IPSA Nº 17.920) apoderado judicial de la parte demandada ciudadano Pedro Fernández Azocar en contra de quien suscribe este Fallo en su carácter de Juez Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
Dada la naturaleza especial del presente asunto, no hay condenatoria en costas.-