DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho, antes señaladas, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra de la adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxpor la presunta comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y LESIONES LEVES, previstos en los artículos 218 y 416 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO Y de la ciudadana xxxxxxxxxxxxx; de conformidad con el artículo 582 literales "C" y "F" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistente en presentarse cada treinta (30) días ante la Unidad de Alguacilazgo, y prohibición de acercarse a la victima de autos. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 557, 582 y 6.....