DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: SE ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada MARIANA ANTÓN GAMBOA, en su carácter de Defensora Pública Quinta con Competencia en Materia Penal Ordinario del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre - Sede Cumaná, contra la decisión de fecha diecisiete (17) de marzo de dos mil catorce (2014), dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre - Sede Cumaná, mediante la cual declaró improcedente y como consecuencia SIN LUGAR la solicitud de nulidad absoluta planteada por la defensa a favor de sus representados RUBÉN DARÍO MILLÁN, ARGENIS JOSÉ PALAO y RAÚL JOSÉ GONZÁLEZ, penados de autos y titulares de las cédulas de identidad números V-20.994.297, V-15.111.924 y V-17.313......