Por los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal Primero De Juicio de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara SIN LUGAR la solicitud de revisión de medida presentada en este Tribunal de Juicio, por las ciudadanas abogadas MILANGELIS ORTEGA Y MARIANGELICA GONZALEZ en su carácter de defensoras privadas de los ciudadanos acusados JHONNY EDUARDO PAREJO ALIENDRES, Venezolano, nacido en fecha 09-04-1971, de 36 años de edad, soltero, de profesión u oficio Policía, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.384.517, residenciado en Fe y Alegría, sector Nº II, vereda Nº 26, casa Nº 24, al lado de la Casilla Policial, Cumaná, Estado Sucre, y JESÚS MANUEL LONGART ARIAS, Venezolano, nacido en fecha 25-12-1966, de 40 años de edad, casado, de profesión u oficio Funcionario Público, Titular de la Cédula de Identidad N° V-9.977.062, residenciado en Cumanacoa, Parr.....