este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; impone las medidas de protección y seguridad, contra el ciudadano CARLOS JOSÉ RODRÍGUEZ COLINA, venezolano; de 44 años de edad; titular de la Cédula de Identidad N° V-11.263.689; hijo de Gabriel Rodríguez y Erlinda Colina, natural de Barquisimeto Estado Lara, nacido en fecha 19/01/1972, de oficio técnico electricista del Gran Cacique - Naviarca, residenciado en Villa Jardín, Calle Tulipan, Caca Nº B-21, parroquia Santa Inés, Municipio Sucre; por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA y VIOLENCIA PATRIMONIAL, previsto y sancionado en el artículo 41 y 50 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ELSY JANETH LADINO CRESPO