DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, IMPONE: al ciudadano JULIO CÉSAR JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.948.580 de 37 años de edad, de profesión u oficio obrero, hijo de hijo de Julio Cordova y Nora Jiménez, residenciado en la Urb. Brasil, sector 3, vereda 13, casa N° 11 de esta ciudad de Cumaná, de la medida cautelar sustitutiva de libertad de las contenidas en los numerales 3 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentación periódica cada quince días ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito y la prohibición de comunicarse con la víctima. El imputado queda en libertad desde esta sala de audiencia por la imposición de medida cautelar, y se librará el oficio notificando al Comandante de la Policía la presente decisión. .....