Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada MORAIMA GOYO MARTÍNEZ, en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Publico en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente, contra sentencia Publicada por el Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 25 de Noviembre de 2016, mediante la cual declara PENALMENTE RESPONSABLE y se sanciona a la adolescente F.V.P.Q (se omite el nombres de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA) al cumplimiento de la Medida Privativa de Libertad por un lapso de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN en la causa seguida en su contra por la comisión del delito de ROBO .....