CONDENA al ciudadano Pedro Elías López Guzmán, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18775577 de 26 años de edad, de estado civil soltero, natural de Cumaná, Estado Sucre; nacido en fecha 06-10-1988, hijo de los Eunise Guzmán y Pedro López, de profesión u oficio obrero, y domiciliado en Brasil, sector 03, calle 13, casa N° 07, Cumaná, Estado Sucre; a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal; por la comisión del delito de Extorsión, previsto en el artículo 16 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión, en perjuicio de los ciudadanos Karla Andreina Bernardini Espinoza y José Leonardo Pineda Rengel; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal; pena esta que terminará de cumplir aproximadamente en fecha 20/02/2022. Se mantiene la medida privativa de libertad. Líbrese boleta de encarcelación, y mediante oficio remítase al Director del Instituto Autónomo d.....