Con fuerza en las normas precitadas este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: CON LUGAR la CALIFICACIÓN DE LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA, en el procedimiento efectuado contra el Adolescente OMISSIS, en la investigación relacionada con la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, y LESIONES PERSONALES GENÉRICAS DEL TIPO PENAL BÁSICO, tipificado en el artículo 413 ibídem, en perjuicio de los Ciudadanos ANGEL VELÁSQUEZ, MADELYN RAMÍREZ, ANA QUIJADA, y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y MUNICIONES, tipificado en el artículo 112 en relación con artículo 3 Ordinal 4° de La Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; y ORDENA la continuación del procedimiento por la vía ordinaria.....