Por todas las razones de hecho y de derecho anterior mente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara con lugar la presente Solicitud de rectificación de partida en consecuencia, se ordena la rectificación de la partida de nacimiento inscrita en la Prefectura del Municipio Arismendi del Estado Sucre, al folio 28 bajo el N°. 107, de los Libros de Registro Civil de Nacimiento del año del año 1933, donde expresa el nombre de "MARCOLINA" MARIA SICAR debe decir MARCELINA MARIA SICAR y en la partida de nacimiento asentada en la Prefectura del Municipio Arismendi del Estado Sucre, al folio 353 bajo el N°. 444 de los Libros de Registro Civil de Nacimiento del año 1965, donde expresa: MARCELINA SICAT y ANA YSABEL RAMOS "SICAT", debe indicar: MARCELINA MARIA SICAR y ANA YSABEL RAMOS SICAR....