Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud del Defensor Privado, en la presente causa seguida a los xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx a quienes se les inició investigación por la presunta participación en el delito de cooperadores en el delito de homicidio intencional previsto en el artículo 405 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal en perjuicio del hoy occiso ciudadano Yohnny Rafael Cedeño González, por lo que se acuerda sustituir la medida de prisión preventiva, por la medida cautelar prevista en el literal g) del Artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, niña y Adolescente, representada por la Constitución de Fianza por parte de dos (02) personas idóneas para cada adolescente, las cuales perciban entre las dos, Ciento Cincuenta (150) Unidades Tributarias