este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Marítimo, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara DISUELTO el matrimonio contraído por los ciudadanos NORMA MARGARITA CABELLO GUZMAN y CERVANDO MIGUEL BLANCO CASTAÑEDA, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha 30 de Mayo de 1.987, según Acta N° 200, todo de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil. Así se decide.-